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¿Cómo dar de alta una vivienda vacacional o una vivienda de uso turístico en Asturias?

¿Cómo tramitamos una licencia para el alquiler de una vivienda vacacional o vivienda de uso turístico?

¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda vacacional en Asturias?

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EL Equipo

Leticia, nuestra experta en Trámites con las Administraciones. Ella te gestionará completamente tu licencia de vivienda de uso turístico o vacacional, según nos indiques.

Noelia, nuestra asesora fiscal, que te explicará tus obligaciones de cara a Hacienda.

Leticia

Senior Strategist

Documentos requeridos

– D.N.I. de la persona que presenta la solicitud. – Copia completa del título que acredite la disponibilidad de la vivienda: – Nota simple del Registro de la Propiedad, Escritura de compraventa, Contrato de arrendamiento, Escritura de Aceptación de la Herencia, o cualquier otro título válido. – Autorización para la explotación turística en el caso de que exista más de un titular. – Poder notarial en caso de representar a la persona titular. – Cédula de habitabilidad (en caso de no disponer de ella, se la solicitamos nosotros) – Licencia de Primera Ocupación (o Uso y Ocupación) – Copia completa de la Póliza del seguro de Responsabilidad Civil de Explotación contratado a nombre de la persona física o jurídica declarante de la actividad y el recibo de su pago. – Planos de distribución interior de planta, en los que se indicará el destino y superficie de cada dependencia.

Documentos requeridos

- Disponer de la cédula de habitabilidad y cumplir en todo momento con las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas. - Estar suficientemente amuebladas y dotadas de los electrodomésticos y enseres necesarios para su inmediata ocupación, con todo el mobiliario, cubertería, menaje, lencería y equipamientos, acorde con el número de plazas y en perfecto estado de mantenimiento, limpieza e higiene. - Suministro permanente y adecuado de agua fría y caliente sanitaria, y de energía eléctrica y calefacción, así como de un extintor e iluminación de emergencia. - Habitaciones con ventilación directa al exterior o patios no cubiertos y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas. - Número de baños proporcional a los usuarios alojados. Hasta seis plazas podrá tener un único cuarto de baño y cuando se supere ese número de plazas, mínimo dos. - Dimensiones mínimas, equipamientos y metros cuadrados útiles, deben estar de acuerdo con la normativa de habitabilidad y seguridad de las viviendas, quedando prohibido alojar un mayor número de personas de las que correspondan a la capacidad establecida por el número de dormitorios y ocupación, según los datos incluidos en la declaración responsable. - Identificación mediante la colocación en el exterior de las mismas de un pictograma con las siglas “VUT”, cuyas características se detallan en el Anexo II del Decreto 48/2016, y el número de signatura correspondiente a la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

c/ Cervantes, nº 8 bis, 1º A

Plaza del Carmen - Gijón - Asturias

Tu licencia VUT o VV en manos de expertos. 

2.

658 212 212

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