TRAMITACIÓN DE LICENCIAS PARA VUTs
Tramitamos Licencias VUT en todo el Principado de Asturias.
Te indicamos toda la documentación que nos debes hacer llegar, y en caso de necesidad te ayudamos a conseguirla.
Documentos requeridos
- D.N.I. de la persona que presenta la solicitud.
- Copia completa del título que acredite la disponibilidad de la vivienda:
– Nota simple del Registro de la Propiedad, Escritura de compraventa, Contrato de arrendamiento, Escritura de Aceptación de la Herencia, o cualquier otro título válido.
– Autorización para la explotación turística en el caso de que exista más de un titular.
– Poder notarial en caso de representar a la persona titular. - Cédula de habitabilidad (en caso de no disponer de ella, se la solicitamos nosotros)
- Licencia de Primera Ocupación (o Uso y Ocupación)
- Copia completa de la Póliza del seguro de Responsabilidad Civil de Explotación contratado a nombre de la persona física o jurídica declarante de la actividad y el recibo de su pago.
- Planos de distribución interior de planta, en los que se indicará el destino y superficie de cada dependencia.
Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la persona titular de la explotación:
- Escritura de constitución
- Apoderamiento o representación
- Tarjeta de identificación fiscal
Si existe una persona o empresa que vaya a gestionar en su nombre la vivienda:
- Autorización o título suficiente del propietario para la gestión de la vivienda.
Solo en caso de prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios:
- Autorización expresa por escrito de la comunidad de propietarios para ejercer la actividad (para Viviendas de Uso Turístico)
PREGUNTAS HABITUALES
¿Cuánto tiempo se tarda en conseguir el número de Licencia?
El provisional, una vez presentada toda la documentación, ronda los 15 días. El definitivo, está tardando casi un año.
¿Cuándo puedo empezar a anunciar la VUT?
Solo puedes anunciar la VUT , una vez que tengas el número provisional.
Hay páginas que no te permitirán anunciarte sin ese número.
En cuanto a la sanción su importe dependerá de la Comunidad Autónoma, en el caso de Asturias van desde 60,10 € hasta 60.101,21 €.
¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda para poder ser “vivienda de uso turístico”:
- Disponer de la cédula de habitabilidad y cumplir en todo momento con las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas.
- Estar suficientemente amuebladas y dotadas de los electrodomésticos y enseres necesarios para su inmediata ocupación, con todo el mobiliario, cubertería, menaje, lencería y equipamientos, acorde con el número de plazas y en perfecto estado de mantenimiento, limpieza e higiene.
- Suministro permanente y adecuado de agua fría y caliente sanitaria, y de energía eléctrica y calefacción, así como de un extintor e iluminación de emergencia.
- Habitaciones con ventilación directa al exterior o patios no cubiertos y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas.
- Número de baños proporcional a los usuarios alojados. Hasta seis plazas podrá tener un único cuarto de baño y cuando se supere ese número de plazas, mínimo dos.
- Dimensiones mínimas, equipamientos y metros cuadrados útiles, deben estar de acuerdo con la normativa de habitabilidad y seguridad de las viviendas, quedando prohibido alojar un mayor número de personas de las que correspondan a la capacidad establecida por el número de dormitorios y ocupación, según los datos incluidos en la declaración responsable.
- Identificación mediante la colocación en el exterior de las mismas de un pictograma con las siglas “VUT”, cuyas características se detallan en el Anexo II del Decreto 48/2016, y el número de signatura correspondiente a la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
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