Ya es posible la creación de sociedades con 1 euro de aportación al Capital. Expresado de otra forma, el capital social mínimo se establece en la cifra de 1,00 euro. Ya no es necesario disponer de 3.000 euros en efectivo o con inmovilizado.

Así lo expresa la nueva Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, más conocida como «ley crea y crece» por su fundamento. Al final de esta entrada te dejamos el enlace para descargarla del  BOE.

Desde el 19 de octubre, fecha en la que entró en vigor la anterior ley, ya se puede constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) con 1 euro de Capital.

Tiene un matiz, mientras el capital social de la S.L. no llegue a los 3.000 euros, los socios de la sociedad, responderán solidariamente hasta dicho importe en caso de liquidación o deudas.

Esta ley trata de fomentar la creación de empresas.

Se mejoran los procesos de constitución de sociedades por medios telemáticos. Se posibilita la utilización de escrituras estandarizadas y estatutos tipo, a través del trámite electrónico.

Desaparecen las SLNE (Sociedades Limitadas Nueva Empresa) y se elimina el régimen de formación sucesiva.

 

MEDIDAS PARA AGILIZAR LA CREACIÓN DE SOCIEDADES Y SU CRECIMIENTO

El capital social se podrá mantener de forma indefinida por debajo de 3.000,00 euros, no habiendo obligación de llegar a él.

creacion de empresas

No obstante, mientras el capital social no alcance los 3.000,00 euros, se aplicarán las siguientes reglas especiales:

Dotación a la reserva legal.- Esta dotación deberá ser de al menos el 20 % del beneficio contable hasta que la suma del capital social y de la propia reserva legal llegue a alcanzar los 3.000,00 euros. Una vez se llegue a esa situación la dotación a la reserva legal seguirá la regla general (al menos el 10 % del beneficio contable hasta que el importe de la reserva legal alcance el 20 % del capital social).

Liquidación de la sociedad.- En caso de liquidación por cualquier causa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente con la sociedad de la diferencia entre 3.000,00 euros y el capital social suscrito. Es decir, la responsabilidad solidaria sólo se da en caso de liquidación de la sociedad, y no mientras la sociedad exista con un capital social inferior a 3.000,00 euros.
Un apunte a destacar es que, dado que se mantienen las causas de disolución por pérdidas que dejen el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, con capitales sociales inferiores a 3.000,00 euros resulta más sencillo incurrir en esta causa de disolución, sobre todo durante los primeros años de vida de la sociedad, lo que obligaría en muchos casos a incrementar el capital social.

 

MEJORA DE LAS VÍAS DE FINANCIACIÓN PARA PROMOVER EL CRECIMIENTO

La nueva ley flexibiliza los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo.

Crowdfunding

Se establece un nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa o «plataformas de crowdfunding». Se habilita que puedan prestar sus servicios en todo el territorio de la Unión Europea, adaptando para ello nuestra legislación a la europea.

Las plataformas de crowdfunding podrán invertir fondos en nombre del inversor con una nueva categoría denominada «Gestión de Carteras».

Limita la inversión individual por proyecto de los inversores minoristas, en 1.000€ o el 5% de la riqueza del inversor, sin incluir propiedades inmobiliarias y fondos de pensiones (el valor más alto). Si pese a ese limitación el inversor deseara invertir por encima de ese límite, la plataforma de Crowdfunding  tendría que notificar por escrito del riesgo de la operación y recibir su consentimiento expreso.

EMPRESARIO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Se incluye la posibilidad de que los empresarios individuales puedan proteger los bienes de equipo productivo utilizados en su actividad, de los deudores . Sin embargo, quedan fuera de la protección las deudas tributarias y con la seguridad social.

ZONA DE ENLACES 

Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

 

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